RM 382 - 2025 MINEDU
La Resolución Ministerial N.° 383-2025-MINEDU marca un antes y un después en el trabajo diario de nuestras escuelas. Esta norma no es solo un documento administrativo más; es una herramienta clave diseñada para darnos claridad, pautas concretas y respaldo técnico al momento de prevenir, gestionar e intervenir ante situaciones de violencia en el entorno educativo.
Como psicólogos y educadores, nuestra misión principal es garantizar que cada estudiante crezca en un espacio seguro, protegido y libre de violencia. Por eso, entender y aplicar correctamente la RM 383-2025 MINEDU nos permite actuar con empatía, justicia y rapidez, asegurando el bienestar de nuestra comunidad y el respeto a los derechos de nuestros niños y adolescentes. Te invito a explorar esta guía práctica para descubrir cómo aplicarla paso a paso en tu labor profesional.
NORMA TÉCNICA
Directivos y docentes, ya pueden acceder al la norma técnica actualizada de los protocolos para la atención de la violencia contra estudiantes”, R.M. Nº 383-2025 MINEDU.
Esta norma técnica entró en vigencia el 03 de setiembre, permitiendo brindar una respuesta rápida, articulada y protectora ante situaciones de violencia en las instituciones educativas.
Su conocimiento es clave para atender casos de violencia contra nuestros estudiantes.
FLUJOGRAMA/CARTILLA
Directivos y docentes, ya pueden acceder al “Flujograma de los protocolos para la atención de la violencia contra estudiantes” , aprobada por la R.M. Nº 383-2025 MINEDU.
Esta cartilla reúne los pasos y tiempos de actuación que permiten brindar una respuesta rápida, articulada y protectora ante situaciones de violencia en la institución educativa.
Su liderazgo es clave para fortalecer la convivencia escolar.
A continuación presentamos una GUÍA VISUAL por cada protocolo, así mismo los FORMATOS base sugeridos por el MINEDU.
para la atención de las tareas de acuerdo a cada protocolo de acuerdo a la RM N° 383-2025 MINEDU

I.- PROTOCOLOS DE VIOLENCIA ENTRE ESTUDIANTES
(Violencia física, psicológica, acoso escolar (bullying y ciberbullying), violencia con uso de armas y violencia sexual)
En los protocolos de violencia escolar entre estudiantes se abordan algunas de las distintas formas de violencia que ocurren entre estudiantes sea de manera directa como indirecta, nos referimos a la violencia física, psicológica, acoso escolar (bullying y ciberbullying), violencia con uso de armas y violencia sexual.
Estos actos o conductas violentas contra un estudiante pueden ocurrir en cualquier espacio en el que se encuentre, independientemente si pertenecen o no a la misma IE. Asimismo, los actos o conductas violentas contra un estudiante se pueden presentar de forma virtual y usando las tecnologías de la información y la comunicación (TIC)
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II. PROTOCOLOS DE VIOLENCIA ESCOLAR DEL PERSONAL DE LA IE
(DIRECTOR, SUBDIRECTOR, DOCENTES Y PERSONAL ADMINISTRATIVO) AESTUDIANTES
La violencia ejercida contra estudiantes se presenta a través de las distintas formas de violencia: física, psicológica y sexual. Sin embargo, existen algunas formas de violencia que requieren de un abordaje específico co y sobre las cuales se desarrollan los protocolos presentes.
Los protocolos de violencia de personal de la IE a estudiantes se abordarán algunas de las distintas manifestaciones de violencia: castigo físico y humillante que es una de las formas de violencia física y psicológica. La violencia sexual en sus distintas modalidades de Violación sexual, tocamientos indebidos, actos de connotación sexual y actos libidinosos y el hostigamiento sexual o acoso sexual.

III. PROTOCOLO DE VIOLENCIA CONTRA ESTUDIANTES DE PARTE DE UNA PERSONA DEL ENTORNO FAMILIAR O COMUNITARIO
En el marco de lo establecido en la Ley Nº 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar y su Reglamento, las formas de violencia que afecta a los estudiantes son:
- El presente protocolo se aplica cuando la IE identifica que los estudiantes son víctimas de violencia por parte de los integrantes de su grupo familiar en el marco de la Ley N° 30364.
- Los profesionales en educación deben denunciar los casos de violencia contra la mujer o los integrantes del grupo familiar y violencia sexual que conozcan en el desempeño de su actividad, en el marco de la Ley N° 30364.
Cuando el personal educativo tome conocimiento sobre el uso del castigo físico y humillante por parte de un padre o persona integrante del hogar, debe comunicar el hecho a la DEMUNA, a fin de que actúe en el marco de las competencias y la familia reciba educación sobre pautas de crianza
positiva
PROTOCOLOS PARA LA ATENCION DE LA VIOLENCIA ESCOLAR - VIOLENCIA CONTRA ESTUDIANTES - RM 383-2025
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